Suecia: espíritu de conciliación

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Jeudi, 15 Mai, 2014
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La política antidiscriminatoria de Suecia se parece a Suecia: vanguardista, autónoma, colectivista y con un espíritu de conciliación aunque falta aún mucho por hacer.

Es así de simple. En Suecia, la prohibición a la discriminación racial está inscrita en la Constitución. La Oficina de Ombudsman encargada de temas como la discriminación étnica desde 1986, es la encargada de controlar también la aplicación de las leyes creadas para combatir el racismo, la propagación del odio y el rechazo a prestar un servicio a alguien determinado por su origen étnico. Su presupuesto es controlado por el Parlamento y entre sus misiones encontramos la defensa de las minorías étnicas en las ofertas de empleo o en el ejercicio de la autoridad, así por toda infracción de carácter racista, la pena es más severa ya sea que la motivación racista sea el factor predominante o no. Como resultado, el panorama sueco se posiciona como uno de los modelos a seguir.

Pero todo no es color rosa, hasta 1999 habían aún algunas espinas: las disposiciones del Código Penal Sueco eran “muy difíciles de invocar” delante un tribunal para una víctima que debía probar algo, sólo hasta cuando los legisladores ampliaron la directriz europea de 1997 incluyendo penas para la discriminación sexual y para todos los casos de discriminación laboral. Fue este el camino que la Comisión Europea adoptó e impuso a partir del año 2000, lo que prueba que un Estado miembro puede tener influencia en la evolución de un derecho comunitario.

De acuerdo con la lógica colectivista sueca (gracias a una tasa de sindicalización de más de 90%) las víctimas objeto de discriminación tienen acceso al derecho común ordinario sólo si ellas desean llevar el trámite individualmente. Para tener acceso a la jurisdicción especializada en el campo laboral, las víctimas deben estar acompañadas. Cuando las personas cuentan con la colaboración de la Ombudsman (el mediador), un sindicato o una organización profesional, “las denuncias no generan ningún costo económico” ya sea que la víctima gane o no, el procedimiento no le costará nada.

 

El objetivo es el consenso

Incluso si existen todos los mecanismos para obtener legalmente toda la información de la empresa involucrada en una investigación judicial, la Ombudsman prefiere sobretodo la mediación que ir ante el Tribunal. El consenso es el objetivo, el objetivo es el consenso. La sociedad sueca rechaza también el método de “testing”, un método que consiste en poner en evidencia una u otra práctica discriminatoria al interior de la empresa, lo que significa para la sociedad sueca alejarse del espíritu de conciliación.

En 2009, a raíz de las críticas de algunos intelectuales antirracistas, tales como Paul Lappalainen, que juzgaban “la falta de modernidad de la legislación”, el estatus del mediador fue mejorado creando así un nuevo órgano de supervisión: el mediador para la Igualdad. De hecho, “las leyes fueron fusionadas y sus deficiencias resueltas” lo que mostró el abogado e investigador Paul Lappalainen en el informe que realizó en 2008 para el ENAR (Red Europea contra el Racismo). Pero falta aún mucho por hacer en cuestiones como el alojamiento o el empleo, concluye el reporte. El panorama no es todavía completamente claro.

“Las víctimas deben estar acompañadas para denunciar. Cuando las personas cuentan con la colaboración de la Ombudsman (el mediador), un sindicato o una organización profesional, las denuncias no generan ningún costo económico” ya sea que la víctima gane o no, el procedimiento no le costará nada.”


Dolpi

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